Contrato de cesión de datos de carácter personal
De una parte, INCIPY S.A., con domicilio social en Carrer de Torres i Amat, 21, 1º | 08001 Barcelona, con CIF A65118226, compareciendo en calidad de RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO Y CEDENTE DE LOS DATOS.
Y de la otra EPSA GROUP con domicilio social en 65 rue d’Anjou 75008 PARIS, compareciendo en calidad de RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO Y CESIONARIA DE LOS DATOS.
Manifiestan tener capacidad legal para el otorgamiento de este Contrato y a tal efecto, proceden a suscribir el siguiente CONTRATO DE CESIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
MANIFIESTAN
I.- Que la parte CEDENTE en el marco de su actividad relativa a Comunicación de servicios de Formación y Consultoría establece la cesión de los datos de los ficheros descritos a continuación a la empresa CESIONARIA
FICHERO | TIPOLOGIA DE DATOS | FINALIDAD |
CLIENTES POTENCIALES | Datos identificativos | Invitación a eventos |
Información de servicios |
III.- Que tanto la parte CEDENTE como la CESIONARIA, compartirán el papel de RESPONSABLES DEL TRATAMIENTO de los datos de carácter personal que acceden, almacenan y manejan y, por lo tanto, tratarán de cumplir estrictamente con la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal y aplicarán las medidas de seguridad correspondientes a sus ficheros.
IV.- Que todas las partes desean celebrar el presente contrato de cesión de datos de acuerdo con las siguientes clausulas:
PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO.
La Entidad CEDENTE cede a las CESIONARIA, los datos de carácter personal señalados y contenidos en los ficheros mencionados y que han sido previamente recabados de acuerdo con la legislación vigente en materia de Protección de Datos de Carácter Personal.
SEGUNDA. – FORMA DE TRATAMIENTO DE LOS DATOS.
La cesión se limitará única y exclusivamente a aquellos datos que se han facilitado en este contrato. En caso contrario, se incurrirá en una infracción administrativa muy grave, de conformidad con lo previsto en la LOPD, al verse vulnerado el Artículo 11 de la misma, de la cual responderá las entidades cesionarias en su condición de responsable del tratamiento de los datos cedidos.
La empresa CESIONARIA y todo su personal se obliga a:
- Utilizar los datos personales objeto de tratamiento, o los que recoja para su inclusión, sólo para la finalidad objeto de esta cesión.
- Tratar los datos de acuerdo con las instrucciones del CEDENTE.
- No comunicar los datos a terceras personas, salvo que cuente con la autorización expresa del CEDENTE, en los supuestos legalmente admisibles.
Si la empresa CESIONARIA debe transferir datos personales a un tercer país o a una organización internacional, en virtud del Derecho de la Unión o de los Estados miembros que le sea aplicable, informará al CEDENTE de esa exigencia legal de manera previa, salvo que tal Derecho lo prohíba por razones importantes de interés público
TERCERA. – MEDIDAS DE SEGURIDAD.
La empresa CESIONARIA asume expresamente la obligación de implantar las medidas de seguridad correspondientes al nivel de seguridad de los datos cedidos, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 9 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, a fin de impedir su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, de acuerdo con el estado de la tecnología, la naturaleza de los datos y los riesgos a que estén expuestos los mismos.
Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad las partes firman el presente contrato por duplicado.
EPSA GROUP | INCIPY S.A. |